https://riojalibre.com.ar/wp-content/uploads/2015/03/b2fc94a885556f111c3dd6e1d905e08f.jpg isn't a valid image

  FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/img-resizer.php
  LINE: 553

    FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/header.php
    LINE: 45

      FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template.php
      LINE: 723

        FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template.php
        LINE: 672

          FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template-loader.php
          LINE: 106

            FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/general-template.php
            LINE: 41

              FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/single.php
              LINE: 10

                FILE: /home/riojalib/public_html/wp-blog-header.php
                LINE: 19

                  FILE: /home/riojalib/public_html/index.php
                  LINE: 17
Aparecen: , ,

Pese a la Intimación de la Secretaría de Trabajo, los Docentes marchan a la Plaza

La Secretaría de Trabajo -Miriam Espinoza- intimó al personal docente dependiente del Sistema Educativo Provincial y a la organización gremial que los agrupa Asociación de Maestros y Profesores de La Rioja (AMP) al cese de las medidas de fuerza. De Leonardi NO obedeció la intimación y continúa con la medida de fuerza.

Read Time:1 Minute, 5 Second

La medida, notificada al citado gremio docente y, por su intermedio, al personal docente de los distintos establecimientos escolares de la provincia, fue adoptada en virtud de la comunicación presentada por las autoridades del Ministerio de Educación en la que hacen saber que el gremio docente AMP comunicó la decisión de realizar medidas de fuerza consistentes en paro de actividades los días 12 y 13 del corriente mes.

En la resolución, la Secretaría de Trabajo considera que la entidad sindical no dio cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto N° 471/02, reglamentario del Art. 4° de la Ley N° 5.593/91, al no comunicar a esta Autoridad de Aplicación con anticipación de cinco (5) días, las medidas de acción directa y modalidades que se propongan adoptar.

Además, se tiene en cuenta que la educación en todos los niveles del sistema educativo de la provincia es considerada por imperio de la Ley N° 5.593/91 y su modificatoria N° 7.261/02 y su Decreto Reglamentario N° 471/02, un servicio esencial; la medida adoptada afecta sobremanera a la comunidad en su conjunto y si bien el derecho de huelga tiene raigambre constitucional, el Estado Provincial tiene la obligación jurídica, institucional y política de velar por el interés general de sus habitantes.

0 0

About Post Author

Happy
Happy
0 %
Sad
Sad
0 %
Excited
Excited
0 %
Sleppy
Sleppy
0 %
Angry
Angry
0 %
Surprise
Surprise
0 %

Average Rating

5 Star
0%
4 Star
0%
3 Star
0%
2 Star
0%
1 Star
0%

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Next Post

Se bajó de la carrera hacia el 2015

El Ministro de Gobierno aseguró estar abierto al diálogo institucional con todos los Intendentes: "Tengo órdenes del Gobernador de hablar con todos los sectores". Sobre la sucesión de Beder Herrera, expresó que "es un orgullo el solo hecho que suene mi nombre, pero yo no pienso en ser candidato".