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Zárate: «se está trabajando con ANSES para implementar un sistema de atención diferenciado»

Según detalló el asesor general de Gobierno, Miguel Zárate, “a partir del miércoles 26 de agosto, comienza a correr el plazo de 60 días hábiles para que todos aquellos agentes públicos que tengan la edad y los años de aporte necesarios para acogerse al beneficio de la jubilación y a la vez tramitar el beneficio creado por ley que otorga un adicional equivalente a la Quincenita que perciben en actividad”.

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Desde el gobierno provincial, informaron que por decreto de la Función Ejecutiva fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial el martes 25 de agosto, la ley 10.291, que crea el Adicional Jubilatorio Provincial.
A través de dicha norma, los agentes de las tres funciones del Estado provincial y municipal, centralizada y descentralizada que cumplan con los requisitos para jubilarse percibirán el adicional equivalente a la Quincenita por 72 meses. Aquellos interesados cuentan con un plazo de 60 días hábiles para completar el trámite.
Según detalló el asesor general de Gobierno, Miguel Zárate, “a partir del miércoles 26 de agosto, comienza a correr el plazo de 60 días hábiles para que todos aquellos agentes públicos que tengan la edad y los años de aporte necesarios para acogerse al beneficio de la jubilación y a la vez tramitar el beneficio creado por ley que otorga un adicional equivalente a la Quincenita que perciben en actividad”.
Además Zárate explicó que “se está trabajando con la ANSeS para implementar un sistema de atención diferenciado destinado a todos aquellos agentes públicos que deseen iniciar el trámite jubilatorio”.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio del Adicional?
Cabe destacar que entre los requisitos para jubilarse se encuentran el de la edad donde las mujeres deben tener 60 años de edad y hombres de 65 con 30 años de servicio.
También pueden acceder al adicional los agentes que con anterioridad a la ley cumplan los requisitos de edad y servicios. Estos deberán acreditar inicio de trámite previsional ante ANSeS dentro del plazo de 60 días desde la entrada en vigencia de la ley.
Asimismo podrán iniciar el trámite los agentes que cumplan con la edad pero no con los años de servicio. En este caso deberán acreditar el inicio del trámite jubilatorio bajo la modalidad de moratoria.
También pueden iniciar el trámite, el personal de Policía y Servicio penitenciario que cumplan los requisitos de retiro exigidos por su normativa, acreditando ante la División de Retirados de Jefatura el inicio del trámite previsional dentro del plazo de 60 días.
Se contempla además a los agentes que se hayan obtenido el beneficio previsional a partir de abril de 2019 a la fecha de entrada de vigencia de la Ley y hayan quedado fuera del Beneficio de Asignación Complementaria. Deberán iniciar el trámite respectivo dentro de los 60 días de entrada en vigencia.

Teléfonos
Los interesados en comenzar sus trámites pueden contactarse a los teléfonos de la Subsecretaría de Gestión Previsional: 3804- 240296, 3804387637, 3804385003, 3804106627, 3804348222, 3804537398, 3804628296.

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