Cuando los electores metan su vota dentro de la urna deberán firmar el padrón y se les entregará un troquel con un código de barras, que estará firmado por las autoridades de mesa.
Esta constancia tendrá impresos la fecha y tipo de elección, el nombre y apellido completos del elector, su número de identificación y la nomenclatura de la mesa, además de la firma del Presidente de mesa.
La Justicia Electoral escaneará los códigos que queden en el padrón de los votantes que se ausentaron, y así tendrá un registro digital para imponer las sanciones que indica la Ley.
Informaron que la multa ascenderá a 50 pesos. Cuando no se haya votado en las Primarias ni en las Generales, el monto de la segunda infracción ascenderá a 100 pesos, que se acumularán a los primeros 50.
En tanto, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección; ni realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.