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Las vacaciones se extienden hasta el Lunes 22

En función de la Ley Nº 8.766/2010 y de acuerdo al Decreto Nº 608/19 de fecha 28 de junio/2019, el Estado provincial estableció la fecha para el inicio del receso invernal para los empleados públicos provinciales, a partir del 8 y hasta el 22 de julio, coincidente con el receso escolar de invierno. Mediante el instrumento legal se invita a los Municipios a adherirse a la modalidad del receso.

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El decreto señala que los empleados públicos podrán hacer uso de dos semanas de receso invernal. Su aplicación será conforme a la Reglamentación de la Función Ejecutiva. En consecuencia, cada Repartición adoptará las medidas y organización que garantice la atención a cuestiones de urgencia mientras dure el receso, es decir, se prevé guardias del 30 por ciento del personal en turno mañana.

En el artículo tercero del Decreto 608/19 se faculta a los Ministerios de Educación, Ciencia y Tecnología, de Salud Pública, como así también a Entes Autárquicos y descentralizados, además de reparticiones que prestan servicios de Seguridad y/o servicios esenciales -entre ellos los encargados de la gestión de pago de haberes, prestaciones alimentarias- a que dispongan la modalidad adecuada para el otorgamiento de este receso a sus empleados.

Mediante el instrumento legal se invita a los Municipios a adherirse a la modalidad del receso.

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