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Lanata vs Trimarco ¿A quién le creés?

No es la primera vez que se cuestiona la relación de la madre de Marita Verón con las esferas más altas del poder, pero quien lo hizo ahora fue el periodista del momento, Jorge Lanata. Trimarco lo acusó de Golpista y Lanata respondió con un subsidio de 1,3 millones que recibe de Beder.

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Dicho monto se conoció a raíz de la polémica entre el periodista Jorge Lanata con la titular de la Fundación “María de los Ángeles”. “Hablan mal de Susana Trimarco pero no la dañan a ella sino a mí”, dijo Micaela, la nieta de Susana Trimarco. El periodista habló sobre los subsidios que recibe la madre de Marita Verón de los gobiernos de Tucumán y La Rioja, además del Ejecutivo nacional.

La polémica que se desató entre el periodista Jorge Lanata y Susana Trimarco, madre de María de los Ángeles Verón, titular de la Fundación “María de los Ángeles”, desnudó que la organización contra la trata de personas recibió $1.350.000 del Gobierno de La Rioja.

Los recursos fueron asignados mediante los Decretos N° 220, N° 072, N° 1512 y N° 835 a Trimarco, como titular de la “Fundación Maria de los Angeles”. Los fondos fueron gestionados por la Secretaría de Representación Institucional – Casa de La Rioja en Buenos Aires.

A raiz de ello, la nieta de Susana Trimarco, Micaela Verón, fustigó al conductor televisivo Jorge Lanata, debido que “salió criticando nuestra lucha, cuando lo único que hace es ocuparse de lavar cerebros y hablar mal de cada gobierno que pasa”. Fue luego de que Trimarco acusara a Lanata de tener “actitudes golpistas”, por las denuncias de lavado de dinero contra el Gobierrno, el periodista salió a responderle.

Lo hizo desde su programa de Radio Mitre, donde también habló sobre los subsidios que recibe la madre de Marita Verón de los gobiernos de Tucumán y La Rioja, además del Ejecutivo nacional. “Si pedir que no laven dinero es ser golpista, estamos todos mal. ¿Ahora es legal lo que ellos hacen?”, dijo Lanata. Y continuó: “Lo que quiero es exactamente lo contrario, que respeten la ley, la Constitución. Mi postura es lo más antigolpista que puede haber, quiero que respeten las instituciones”.

Micaela opinó en su cuenta de Twitter que “tiene tan pocos huevos la gente que se esconde detrás de un monitor para bardear” y aseguró que “hablan mal de Susana Trimarco, pero no la dañan a ella me dañan a mí”.

La nieta de la presidenta de la Fundación María de los Ángeles envió tres tweets, tras la embestida de Lanata contra la dirigente tucumana.

El tema generó la reacción en redes sociales, a través del hashtag #SusanaTrimarcoTeBancamos.

Cabe recordar que el miércoles, luego de responder, Lanata dialogó con José Sbrocco, periodista y autor del libro “José Alperovich, el zar tucumano”, acerca del dinero que recibe Trimarco a través de la fundación que preside. “La Fundación viene recibiendo muchísima plata del gobierno nacional, de Tucumán, de La Rioja y de Estados Unidos”, afirmó Sbrocco.

Según el autor del libro sobre el Gobernador de Tucumán, la Fundación María de los Ángeles, que se dedica a la búsqueda de víctimas de la trata de personas, recibió “225 mil pesos del gobierno tucumano y un mes después de la sentencia por el juicio de Marita 480 mil pesos”.

Y agregó que “el 24 de julio del 2012 recibió 300 mil pesos en aporte del Tesoro Nacional, a través del gobierno de La Rioja, que el Ministerio de Interior que maneja los ATN le giró al gobieron riojano para que le transfiera a la fundación. Y en marzo de este año recibió otros 100 mil pesos de La Rioja como subsidios”.

Sbrocco también habló acerca del respaldo de Trimarco al mandatario tucumano, que hasta la llevó a evaluar un salto a la política. “Me parece que está un poco claro por qué lo apoya, siendo que Alperovich tampoco hizo mucho para dar con el paradero (de Marita), salvo darle dinero a la fundación”, afirmó.

Y finalmente, concluyó: “Apenas pasó la sentencia se especulaba con que iba a ser una de las integrantes de la lista de diputados con la lista de Alperovich, pero eso estaría descartado. Sin embargo surge como candidato Carlos Garmendia, abogado de la fundación, como que hay una intención de llevar a la gente de la fundación al plano político también”.

Los decretos riojanos

Mediante decretos 220, 072, 1512 y 835 la señora Susana Trimarco recibibio para la “Fundación Maria de los Angeles” la suma de 1.350.000 pesos. Los fondos fueron gestionados por la Secretaría de Representación Institucional – Casa de La Rioja en Buenos Aires. Lea en este artículos los decretos:

DECRETO Nº 220

La Rioja, 12 de marzo de 2012

Visto: la solicitud de fondos efectuada por la Secretaría de Representación Institucional – Casa de La Rioja en Buenos Aires; y,

Considerando:

Que la Secretaría de Representación Institucional -Casa de La Rioja en Buenos Aires-, gestiona la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00), para atender en carácter de subsidio a la “Fundación María de los Angeles”, a cargo de la señora Susana Trimarco.

Que es propósito de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado por lo que resulta menester disponer de la suma y por el concepto antes mencionado, con la participación de los organismos específicos del Ministerio de Hacienda.

Por ello, y lo establecido por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00) a favor de la “Fundación María de los Angeles”, a cargo de la señora Susana Trimarco, en concepto de asistencia financiera, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente decreto.

Artículo 2º.- Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y dministración – S.A.F. N° 910- del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00) a nombre del Secretario de Representación Institucional –Casa de La Rioja en Buenos Aires-, para ser entregados a la “Fundación María de los Angeles”, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

Artículo 3°.- La Secretaría de Representación Institucional –Casa de La Rioja en Buenos Aires-, suscribirá toda documentación relacionada con lo indicado en el artículo anterior.

Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.

* * *

DECRETO Nº 072

La Rioja, 13 de diciembre de 2011

Visto: la presentación realizada por la Secretaría de Representación Institucional mediante la cual solicita la transferencia a Casa de La Rioja en Buenos Aires, de la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00); y,

Considerando:

Que, los recursos aludidos fueron girados a la Provincia por el Ministerio del Interior, a fin de ser entregados a la Fundación María de los Angeles, a cargo de la señora Susana Trimarco.

Que dichos recursos corresponden a Aportes del Tesoro Nacional con el destino antes señalado, obrando la Secretaría peticionante como nexo entre la Provincia y la Fundación por lo que es propósito hacer lugar a lo solicitado.

Que, a efectos de la entrega en forma inmediata de los fondos en cuestión, procede autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración de la suma antes consignada mediante la emisión de un Formulario C-42 “Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria” con el destino antes señalado, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6425.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial,-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. Nº 910- Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración- de la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($ 650.000,00), a través de un anticipo de fondos –Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para ser destinados afavor del señor Secretario de Representación Institucional -Casa de La Rioja en Buenos Aires- con destino final a la Fundación María de los Angeles, a cargo de la señora Susana Trimarco, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.

Artículo 2°.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1°, conforme lo establece la Ley 6425, en un plazo que no podrá exceder los treinta (30) días corridos desde su recepción.

Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.

* * *

DECRETO Nº 1.512

La Rioja, 08 de noviembre de 2010

Visto: las transferencia de la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), dispuesta por el Ministerio del Interior de la Nación mediante Resolución M.I. Nº 1177/10, asignada en concepto de Aporte del Tesoro Nacional para ser afectado a desequilibrios financieros de la provincia; y,

Considerando:

Que, el Aporte del Tesoro Nacional constituye un recurso propio de la provincia, única destinataria de los fondos transferidos de conformidad a la normativa que regula su ejecución, por lo que es propósito de esta Función Ejecutiva, en su carácter de órgano administrador y ejecutor del presupuesto provincial.

Que la Secretaría de Representación Institucional -Casa de La Rioja en Buenos Aires-, gestiona la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), para atender en carácter de subsidio a la “Fundación María de los Ángeles”, a cargo de la señora Susana Trimarco.

Que es propósito de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado por lo que resulta menester disponer de la suma y por el concepto antes mencionado, con la participación de los organismos específicos del Ministerio de Hacienda.

Por ello, y lo establecido por los artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 8.660 y 126º de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), a favor de la “Fundación María de los Ángeles”, a cargo de la señora Susana Trimarco, en concepto de asistencia financiera, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente Decreto.

Artículo 2º.- Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y dministración, S.A.F. Nº 910, del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), a nombre del Secretario de Representación Institucional -Casa de La Rioja en Buenos Aires-, para ser entregada a la “Fundación María de los Ángeles”, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

Artículo 3º.- La Secretaría de Representación Institucional, -Casa de La Rioja en Buenos Aires-, suscribirá toda documentación relacionada con lo indicado en el Artículo anterior.

Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H., – Macchi, M.A., S.H.

* * *

DECRETO Nº 835

La Rioja, 08 de julio de 2010

Visto: la transferencia de la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), dispuesta por el Ministerio del Interior de la Nación mediante Resolución M.I. 608/10, asignada en concepto de Aporte del Tesoro Nacional para ser afectado a desequilibrios financieros de la Provincia; y,

Considerando:

Que el Aporte del Tesoro Nacional constituye un recurso propio de la Provincia, única destinataria de los fondos transferidos de conformidad a la normativa que regula su ejecución, por lo que es propósito de esta Función Ejecutiva, en su carácter de órgano administrador y ejecutor del presupuesto provincial.

Que, la suma de $ 300.000,00, mencionada en el Visto, debe transferirse a la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración SAF Nº 910.

Que la Secretaría de Representación Institucional, Casa de La Rioja en Buenos Aires, gestiona la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), para atender, en carácter de subsidio, a la “Fundación María de los Angeles”, a cargo de la señora Susana Trimarco.

Que es propósito de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado por lo que resulta menester disponer de la suma y por el concepto antes mencionado, con la participación de los organismos específicos del Ministerio de Hacienda.

Por ello, y lo establecido por los Artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 8.660 y 126º de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para que a través de su organismo respectivo efectúe las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto de gobierno.

Artículo 2º.- Destínase la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), a favor de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, SAF Nº 910, en concepto de asistencia financiera, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente decreto.

Artículo 3º.- Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, SAF Nº 910, del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la

suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,00), a nombre del Secretario de Representación Institucional, Casa de La Rioja en Buenos Aires, en concepto de fondos destinados en carácter de subsidio a la “Fundación María de Los Angeles”, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

Artículo 4º.- La Secretaría de Representación Institucional, Casa de La Rioja en Buenos Aires, suscribirá toda documentación relacionada con lo indicado en el artículo anterior.

Artículo 5º.- Comuníquese por donde corresponda a la Función Legislativa Provincial conforme lo establecido en el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 8.660.

Artículo 6º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 7º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador – Guerra, R.A., M.H. – Macchi, M.A., S.H.

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