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Hay 62 artículos modificados en su título y/o en su texto y se suprimió el artículo 36

Ayer los convencionales constituyentes juraron la nueva Constitución de la provincia, que pasó a tener 33 artículos nuevos. La Constitución provincial del 2008 tenía 177 artículos y esta nueva Constitución tiene 210 artículos.

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En esta oportunidad se desdoblaron los siguientes artículos: Art. 64 (CP 2008) son ART. 83 y ART. 84; Art. 133 (CP 2008) son ART. 156 y ART. 157; Art. 139 (CP 2008) son ART. 163 y ART. 164; Art. 146 (CP 2008) son ART. 170 y ART. 171 y Art. 172 (CP 2008) son ART. 204 y ART. 205.

Hay 62 artículos modificados en su título y/o en su texto y se suprimió el art. 36 (CP 2008) “Educación Familiar”

La Constitución está compuesta de un Preámbulo (actualizado) y capítulos que contienen los artículos: CAPÍTULO I “Principios de organización política”: Art. 16 – Responsabilidad del Estado; CAPÍTULO II “Derechos y garantías”: Art. 23 – Principio de Paridad de Género, Art. 24 – Renta Básica Universal, Art. 36 – Libertad de Pensamiento y de Expresión, Art. 38° – Derechos Y Deberes Digitales, Art. 39° – Ciudadanía Digital y Gobierno Abierto, Art. 40° – Macrodatos, Art. 48° – Derecho al Agua, Art. 49° – Derecho a la Energía Eléctrica, Art. 50° – Energías Renovables y Art. 51° – Derecho de Acceso a la Conectividad e Internet.
El CAPÍTULO III “Educación, Salud, Cultura y Deporte” (se modifica el nombre del capítulo): Art. 66° – Ciencia, Tecnología e Innovación, Art. 69 °- Derecho a la Salud, Art. 71° – Salud Mental, Art. 73° – Sistema de Salud. Integración y Gobernanza, Art. 74° – Financiamiento y Art. 77° – Derecho al Deporte.
Lo que refiere al CAPÍTULO IV “Protección del ambiente y desarrollo sostenible. Régimen económico financiero” (se modifica el nombre del capítulo) está contenido por los artículos: 82° – Soberanía Alimentaria, Art. 87° – Ordenamiento Ambiental- Biodiversidad y Cambio Climático, Art. 88° – Desarrollo Integral, Art. 95° – Presupuesto Participativo y Art. 96° – Libre Acceso a la Información Publica.
El CAPÍTULO VIII “Función Judicial” contiene el nuevo artículo 158° – Periodo de Designación. Validación. Concurso; el CAPÍTULO VIII “Órganos de Selección, Remoción, Fiscalización y Asesoramiento”, Del Consejo de la Magistratura Art. 179° – De la Presidencia; De la Escuela de la Magistratura Art. 182° – Escuela de Formación de la Magistratura y Art. 183° – Atribuciones; De la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, Art. 186° – Atribuciones y Funciones y Art. 187° – Designación.
El CAPÍTULO X “Estados Municipales”, en sus artículos hace referencia a la Coparticipación y a la Convención Municipal (artículos 199° y 203°, respectivamente).

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