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Debate: aún con consentimiento del menor, es delito

La penosa situación que atraviesa el conocido locutor José Luis Luna (Radio Fénix) puede despertar un debate. Al periodista no se lo acusa de ‘abuso sexual’, sino de corrupción de menores. La diferencia radica en el ‘consentimiento del menor’. Cuando el joven es menor de 18 años, aún cuando tenga consentimiento, una relación sexual sigue siendo delito.

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Aunque todavía hay poca información vinculada al escándalo alrededor del locutor José Luis Luna, que desde hace años trabaja en La Rioja, el juez Ricardo Gutiérrez, de Bahía Blanca, confirmó hoy a EL FEDERAL ONLINE que está acusado del delito de “corrupción de menores” en dos hecho.

La norma tiene distintas variantes, el magistrado adelantó que la pena máxima es de 10 años, por lo que se podría inferir que está acusado por el delito tipificado en el artículo 125 del Código Penal, ubicado en el Capítulo III del Título III, donde están regulados los delitos contra la integridad sexual.

“El que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años”, dispone el artículo 125.

Las dos víctimas tendrían entre 13 y 18 años, puesto que si fueran de 12 o menos años la pena máxima se elevaría a 15 años y no es lo que aseguró el juez. La orden de arresto ya fue liberada y aunque algunos medios aseguran que la detención ya se concretó, hasta el cierre de este artículo en el juzgado bahiense todavía no había recibido ningún tipo de novedad.

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