Mientras Beder Herrera en agosto del año pasado anunciaba el proyecto de emisión de 100 millones de pesos en bonos de cancelación de deuda para pagar deudas consolidadas y no consolidadas, especialmente las de juicios por tierras, deudas del Estado con reconocimiento judicial o administrativo; en Chilecito siguen apareciendo nuevos propietarios que denuncian confiscación por parte del Estado, tal es el caso de Jorge Barberis, quien asegura que el gobierno le “ocupó” un terreno de su propiedad, el mismo donde prometieron erigir el hospital nuevo de Chilecito camino a Los Altos, que nunca se construyó y que hoy sólo sirve para albergar oficinas.
Pero no todos son lamentos en cuestión de terrenos expropiados como el caso de Fernando Rejal (dicho sea de paso era el intendente en el momento que se inició la obra del nuevo hospital en los terrenos denunciados por Barberis), quien por estos momentos descorcha felicidad luego del embargo de casi 1 millón y medio de pesos que le impuso al municipio de Fonzalida por incumplimiento de pago de unas 12 hectáreas de terreno de propiedad del ex intendente, hoy día parte de la avenida circunvalación.
Pertenecer, como quien dice, tiene sus privilegios
“Los responsables son los agentes del Estado, del gobernador para abajo”, es la denuncia de Jorge Barberis quien asegura que en el 2004 el Estado le confiscó su propiedad además de mencionar con firmeza graves irregularidades que permitieron que hoy, a siete años aún deambule en busca de Justicia, aunque esa palabra tenga un significado escueto para algunos.
El inmueble en cuestión, es el destinado a la construcción del nuevo hospital de Chilecito y más 20 metros de un terreno que ahora es parte de la avenida Circunvalación. Pero confiscar no es lo mismo que expropiar, la diferencia está en el grado de legalidad en cuanto al respeto o no del tema administrativo de ambos casos. No es la primera vez y sospechamos que la última tampoco, donde hay una denuncia sobre la disposición de tierras particulares por parte del Estado, la razón por la cual la misma ley de expropiación determina la obligación del Estado para dictar el decreto expropiatorio para justamente evitar una situación judicial posterior, dicho de otro modo, es un procedimiento más económico.
En medio de todo ese ruido, tan banal, tan repleto de funcionarios del poder a los que se les nota la hilacha cada dos palabras, quizá sea reconfortante dedicarse a los detalles menores. Son muy reveladores. Y, en general, tienen como protagonistas a personas sin voz ni voto, ciudadanos comunes que en muchos casos deben aprenderse la legislación vigente para salvar un pedacito de tierra.
He aquí la historia de uno de esos ciudadanos que ante las constantes amenazas que relata haber recibido y para evitar ser “boleta”, tuvo que recurrir a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), en vista que en la provincia hacían oídos sordos al reclamo de su inmueble.
Adquirido en la década del 70, asegura que intentaron iniciar los trámites para el loteo del predio pero ello sólo quedó en eso, un intento ya que en el 2000 se los frenaron. “En el año 2000 es donde descubrimos que la posibilidad de aprobar un plano de loteo era imposible porque o se perdía el expediente o desaparecía o todavía no había sido tratado, siempre fueron respuesta evasivas”. Cuatro años después, siendo intendente del departamento Fernando Rejal, la ley 7776/2004, declara el lote de Barberis, de “utilidad pública de urgencia”.
“A partir de ese momento, tanto el entonces intendente (Rejal) como el diputado Adolfo Molina, autor de la presentación de la ley en la Legislatura Provincial, aseguraron en los medios provinciales, que se respetaría a los propietarios, y se les abonaría el valor justo en concepto de indemnización, pero nada de eso sucedió”, indicó el denunciante. En primer lugar, hasta ese momento sólo había una ley de utilidad pública para el terreno de Barberis, nunca se continuó con el trámite administrativo del decreto expropiatorio.
“Hasta el día de hoy (7 años después) no ha sido posible lograr que la provincia reconozca mis derechos, y menos aun lograr una indemnización justa, por la confiscación realizada”.
Conclusión: desde el año 2004 el denunciante no ha podido disponer de su legítima propiedad.
Al respecto Barberis argumenta: “es evidente que el/los magistrados que leyeron la presentación de la demanda, no ejercieron el control de constitucionalidad que tales actos significan, limitándose a aceptar la demanda y darle curso. Tal omisión, demuestra nada más que los actos procesales resultan nulos, por simplemente no haberse emitido el correspondiente decreto expropiatorio el cual tiene fundamental importancia en el ejercicio de la legalidad posterior, en el trámite judicial”.
En abril del año 2006, ingresa a la propiedad en cuestión la empresa Torcivia Construcciones, ganadora de la licitación para la construcción de la primera etapa del nuevo hospital. En ese momento, se realizaron las constataciones mediante acta de escribano, confirmándose que la empresa no tenía autorización alguna, ni en el municipio existía documentación de la obra a realizar, hay un acta hecha por la dirección de obra del municipio, “en el momento que hicimos las constataciones, también lo hicimos dentro del municipio donde no existía ninguna inscripción de la obra”. Pero como si fuera poco, cuando Barberis le reclama a EDELAR por la bajada de luz en el terreno de su propiedad, desde la empresa le contestan que sólo darían información requerida por autoridad competente. Se lo desconoce como propietario.
En vista a lo sucedido el padre del denunciante solicitó un pedido de informe al entonces director de Obras particulares de la municipalidad de Chilecito, Ing. Carlos Díaz Carreño, quien responde textualmente: «…De acuerdo a lo solicitado en comunicación interna de referencia la Dirección de Obras Privadas informa que en este municipio al día de la fecha, no ha sido presentada ninguna documentación técnica, (Planos), respecto de la obra “Primera Etapa de Nuevo Hospital”. Por tal razón, se ha labrado acta de inspección nro. 0151 – 06, según la cual se ha detectado movimientos de suelos en el inmueble de calles La Plata y Atahualpa. A cargo de la misma estaría la empresa Nueva Vial. Al momento de labrarse el acta no se encontraba el responsable de la obra Ing. Guillermo Monti, según versión del Sr. Luis Parra, quien firmó y recibió el acta que se menciona. En cuanto al punto 2, no existe información alguna en esta Dirección, con respecto a cuál sería la empresa adjudicataria de la obra mencionada”.
Acto seguido, “mi padre, en ese entonces con 77 años de edad solicita audiencia al entonces intedente Rejal, quien rechaza despectivamente su presencia”. Se cursaron también misivas al gobernador de la provincia, Ángel Maza, al vicegobernador Luis B. Herrera, al director de Obras Julio Garay, pero nunca se obtuvo respuesta alguna.
Se presenta acción de amparo declarativa de certeza ante Superior Tribunal, pero fue rechazada y en sólo 14 horas.
“En junio me hago presente para conocer sobre la situación, y me contactan con el asesor de Gobierno Luis M. Carreño Alem, con quien me entrevisto al día siguiente en su despacho privado. El mismo me explica todo el procedimiento de una expropiación, y luego de un intercambio de palabras me ofrece gestionarme el pago de la indemnización a cambio de cederle el 40% del total, hecho que rechazo y continúo peregrinando”.
En vista a lo ocurrido, Barberis presentó una demanda de expropiación inversa ante el Superior Tribunal y nuevamente fue rechazada, por entender que no se había agotado la vía administrativa.
De estos casos que describe Barberis, ninguna acción judicial había prosperado, las que se encontraban en trámite se encontraban paralizadas, o el Estado había apelado a la Suprema Corte, quedando paralizadas en esa instancia.
Otro momento muy llamativo de esta seguidilla ocurrió con la expropiación del segundo tramo de la circunvalación, aparte de omitir el decreto expropiatorio, no existe en ningún momento del expediente la dirección fiscal de Barberis en relación a esa propiedad, siendo que hace más de 30 años que vive en Chilecito, así se deja constatar en los impuestos inmobiliarios que paga todos los años hasta el día de hoy. De hecho en los títulos del folio del Registro de la Propiedad y del certificado catastral figura la dirección de Barberis, “entonces simular que no se conoce mi dirección en el expediente y citarme por edicto es un modo de demorar mi presentación en el expediente”. Nuevamente, el Estado lo desconoce como propietario.
A ver si entendemos, no sólo no existió nunca un decreto de expropiación sino que además el gobierno publica un edicto simulando desconocer el domicilio de Barberis, cuando este ciudadano aún paga los impuestos inmobiliarios del lote, pero eso no es todo, al no existir la expropiación como la ley manda, tampoco puede iniciar un juicio de expropiación ya que el Estado “no cumplió” con todos los pasos administrativos previos. Como decimos siempre, demasiado es demasiado.
Ley (de expropiación) pareja no es rigurosa
Curiosamente, en el caso de la expropiación del terreno prioridad del ex intendente Fernando Rejal, los tiempos de resolución y de pago fueron mucho más acotados, sólo dos años le tomó a la justicia expedirse para que se efectivizara el pago del casi millón y medio que el municipio le adeuda al ex intendente. “Tengo dos opiniones: Aceptar que el abogado de Rejal le puso toda la dedicación profesional para poder tramitar, o que acá hay un tráfico de influencias políticas”, dijo Barberis.
Entristece ver cómo el dispositivo de ciertos actores del gobierno de turno se mueven para favorecer ciertas situaciones, así lo demuestran los innumerables casos de confiscaciones de propiedad que son la dura realidad de cientos de ciudadanos, dicho en propia palabras de Barberis: donde para los “otros nada y para los habituados al tráfico de influencias, todo”.
“Al día de la fecha, el incumplimiento por parte de los agentes del Estado provincial, tiene como consecuencia el abandono de la expropiación, siendo la primer gravedad es que existe un edificio donde funciona el centro de emergencia de la ciudad, dentro de mi propiedad, sin ninguna autorización formal, más que alguna orden administrativa, que sencillamente pisotea mis derechos reales, además de una avenida de Circunvalación cuya construcción se encuentra en una mano dentro de la misma, sin que nunca se me haya citado debidamente, ya que en este último caso del segundo tramo, todo el trámite judicial de toma de posesión inmediata es nulo. Los responsables son los agentes del Estado, del gobernador para abajo y quiero que me paguen lo que ocuparon”.
Ante la historia anteriormente detallada, y la falta de respuesta de los organismos provinciales, Barberis procede a presentar petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la que fue declarada admisible en diciembre del año 2009 y actualmente por falta de respuesta del Estado parte, se encuentra próxima a ingresar a la Corte Interamericana.
“Se violaron todos los artículos principales del Pacto de San José de Costa Rica con respecto al acceso a la justicia, al respeto de la persona, derecho de propiedad, al debido proceso. El ciudadano desiste del reclamo de sus derechos, y quienes lo hacen permanentemente son sometidos a todo tipo de agravios. El Estado tiene que cumplir”, sentenció Jorge Barberis aseverando no tener temor ni creer en la Justicia:
“Me dijeron que me iban a hacer boleta, que me callara la boca, que dejara de averiguar y todos estos años estuve en silencio por mi familia en Chilecito, pero estoy tremendamente desilusionado de la Justicia. No tengo temor por mí, pero si por mi familia. Cuando iba a ir a La Rioja con mi mujer y mis hijos, me advirtieron que me estaban esperando: Es conveniente que no vengas porque se te va a simular un accidente. Una cosa es que vaya solo y otra, que toquen a mi familia”.
Es una curiosidad de estos tiempos: ¿Por qué un Gobierno permite todo tipo de discriminaciones (administrativas y judiciales) desde el momento mismo donde el propio Estado pasa a ser agente de confiscación de una propiedad privada?
El caso de Barberis es uno de muchos, donde claramente se ve que la responsabilidad a lo largo de esta historia es de mucha gente. No hay un solo responsable. En todo caso es el poder político que administra el Estado y permite estas desprolijidades, por llamarlo de alguna manera delicada.
Por supuesto que en todas estas historias hay excepciones. Pero las excepciones son pocas, y se mezclan con justificaciones, medias palabras, intentos por exculpar al gobierno provincial, conceptos políticos complejos, a propósito:
“Lo único que puedo adelantar es que el municipio firmó un convenio de pago por una expropiación de un terreno de 12 hectáreas en la avenida de Circunvalación, un convenio de pago que lo llevó a la justicia para la homologación. La justicia lo homologó, pero el municipio no cumplió con ninguna de las diez cuotas que tenía que pagar, nunca. Entonces la justicia ordena el embargo”, dixit Rejal.
“Mirá que paradoja, a nosotros nos expropió Rejal y nunca nos pagaron. Hoy le toca a él sufrir en carne propia de una expropiación, sólo que el sí la va a cobrar, porque tiene chapa de diputado provincial, como tuvo chapa de intendente cuando nos usurpó las tierras”, dixit Darío Barberis, hermano del propietario del terreno mencionado.
Fuente: Diario Chilecito