Los ediles por unanimidad le quitaron los “super poderes” que le otorgaba el artículo 6 de la Ordenanza Municipal Presupuestaria. La medida lo obliga a “comunicar” al Concejo cualquier tipo de acuerdo. El intendente tendría pendiente varias rendiciones. El martes hubo una reunión y el intendente puso a disposición la organización del evento. Los concejales rechazaron la propuesta.
El ámbito político de Villa Sanagasta está convulsionado ante la interna que surgió por la decisión adoptada por el intendente José Aparicio, de poner a disposición del Concejo Deliberante la organización del Chayero. La reacción tomó fuerza porque los ediles por unanimidad de sus miembros le derogaron los “super poderes” con los que disponía el jefe comunal.
Allí, surgió uno de los detonantes que llevó al mandatario a poner a “disposición” del Concejo Deliberante la organización de la edición N° 41 del Festival Chayero Sanagasteño, que la municipalidad ya promocionaba para la fecha comprendida del “15 al 18 de enero del 2015”.
El proyecto de Ordenanza N° 561 / 2014, fue sancionado con la voluntad de todos sus miembros, quienes derogaron “el artículo 6° de la Ordenanza Municipal Presupuestaria N° 554/2013”, que le daba “super poderes” y que fue derogada por los concejales: Alicia de González, Sergio Ríos, Mario Ferreyra, Sergio Romero, Alejandro Manghesi, Gustavo Fuentes y Alberto Herrera.
Ante esta disposición sancionada en la sesión del 1 de octubre, el jefe comunal reaccionó notificando a todas las áreas municipales y al viceintendente y por su intermedio a los ediles diciendo que, “pone a su disposición la organización de la edición N° 41 del Festival Chayero Sanagasteño”; planteo que los ediles descalificaron en una misiva al considerar que no les corresponde por ser un órgano de contralor.
TEMA DE FONDO
La derogación del artículo 6° de la Ordenanza Municipal Presupuestaria, le devolvió a los legisladores el poder constitucional de saber y exigir al intendente que brinde información sobre los acuerdos y negociaciones que lleve adelante la comuna, situación que hasta esa fecha, no se cumplía y que estaría reflejada en los innumerables pedidos de informes que los concejales elevaron solicitando información sobre “rendiciones de cuentas correspondientes desde diciembre del 2011”. Además de informes sobre contratos y concesión de inmuebles municipales, entre otros puntos.
LOS SUPER PODERES
Estaban contenidos en el artículo 6°, que funcionaba en lo ateniente al organigrama municipal y con la derogación de los parlamentarios (incluyendo los pertenecientes al espacio del yomismo) pusieron en vigencia la Ley Transitoria Municipal obligando al intendente a comunicar, “todos los convenios a nivel municipal, provincial, nacional e internacional en el ámbito público o privado”, como así también “la distribución de la tierra”.
Lo cierto, es que a partir de ello, la comuna puso en juego la organización de un evento que hoy forma parte de todos los riojanos producto del esfuerzo de una comisión integrada por sanagasteños.