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Insólito: para beneficiar a ‘hijos del poder’, un fiscal de Chubut justificó una violación como un ‘deshago sexual’

En enero del año pasado, una joven denunció que fue violada por un grupo de varones en una casa del balneario Playa Unión de la ciudad de Rawson, Chubut. Según su relato, el hecho ocurrió en septiembre de 2012, cuando ella tenía 16 años en una fiesta en la zona de Playa Unión. La denuncia tomó gran repercusión en la provincia y la Justicia abrió una investigación de oficio. Cinco de los seis jóvenes acusados fueron imputados por “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.

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En las últimas horas, y tras varios meses de recabar pruebas, se conoció que el fiscal del caso, Fernando Rivarola, avanzó en el cierre de la causa y su resolución en un proceso. Según adelantaron medios locales y pudo confirmar Infobae con fuentes de acceso directo al expediente, Rivarola acordó un juicio abreviado con los imputados, lo que implica una pena menor y una aceptación de la culpa de los acusados. También hubo aceptación de la víctima, lo que es requerido por la ley.

El fiscal modificó la calificación legal de “abuso con acceso carnal” por la de “abuso sexual simple, agravado por la participación de dos o más personas”.

¿El motivo? La falta de pruebas en el expediente, la dificultad de probar una violación siete años después. Una alta fuente en los tribunales de Trelew asegura: “La víctima no quiere afrontar un juicio y exponerse”.

La acusación recae sobre tres de los cinco involucrados: Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci. Los otros dos, R.V. y T.S., quienes al momento del presunto abuso eran menores de edad, fueron sobreseídos. De T.S, una fuente asegura que “su participación era sumamente menor, no cometió el presunto abuso”.

Ahora, el juez del caso Marcelo Nieto di Biase deberá resolver si acepta el acuerdo.

El fiscal del caso, Fernando Rivarola
El fiscal del caso, Fernando Rivarola

El caso se comenzó a investigar en la última semana de enero de 2018. En una publicación en redes sociales titulada “La Manada de Chubut”, la denunciante contó de manera anónima en la red social Facebook que el 17 septiembre de 2012 habían ido con unas amigas a una fiesta a la casa de uno de los acusados. “A poco tiempo de llegar, perdí la consciencia y es ahí cuando una de mis amigas me encontró en una habitación siendo abusada por un grupo de cuatro varones”, relató.

Motorizado por agrupaciones feministas, se convirtió en una insignia. Los acusados fueron repudiados en sus casas con carteles, con movilizaciones a tribunales.

En el relato que publicó, la joven contó que después del hecho sufrió hostigamientos para que no realizara la denuncia. “A partir de ese momento empezaron sus intentos de acallarme tanto a mí como a mis amistades”, aseguró. Por esta razón, argumentó, junto a su familia debieron mudarse y abandonar Puerto Madryn. “Tuve que irme a vivir a otra ciudad como si hubiera sido responsable de la situación”, sostuvo. También, reveló que intentó suicidarse.

La situación hizo que tuviera que comenzar tratamiento psicológico y psiquiátrico. “Gracias a todo este tiempo de intentar sanar es que hoy me siento lo suficientemente fuerte para poder contar mi historia. Que se sepa qué tipo de personas son, que durante todos estos años siguieron sus vidas impunemente, mientras yo no tengo estabilidad emocional y por ello sigo tratada”, cerró su denuncia.

En un tramo del pedido de juicio abreviado al que accedió Infobae, se utiliza la definición “accionar doloso de desahogo sexual”, que se viralizó en parte en las redes sociales.

Desde el Ministerio Público Fiscal de Chubut emitieron un comunicado en el que explican que se le cambió el sentido de los términos a esa definición, “sobreexponiendo a la víctima y poniendo en riesgo aspectos cruciales del proceso penal”. Fue “sacada de contexto”, explicaron.

El comunicado completo del Ministerio Público Fiscal de Chubut

Recientemente trascendió una frase atribuida el fiscal Fernando Rivarola, cambiando el sentido de los términos, sacados de contexto, sobreexponiendo a la víctima y poniendo en riesgo aspectos cruciales del proceso penal.

El Ministerio Público Fiscal asiste a la víctima a través del SAVD, desde el comienzo de la investigación. Se trata de una joven, menor de edad, amparada por el derecho a la intimidad, al resguardo de su identidad y a la reserva de todas las actuaciones judiciales. En paralelo, tanto ella como su familia reciben detallada información del proceso, participan de las decisiones procesales, reciben protección y asistencia victimológica. Toda decisión asumida por la Fiscalía ha sido consensuada con ella.

En la investigación en cuestión además de la víctima, también algunos los agresores son menores de edad imputables. Esto quiere decir que en caso que el Ministerio Público Fiscal demuestre su responsabilidad penal en este hecho, serían declarados penalmente responsables y se le impondrá la sanción que la ley prevé para los menores que delinquen. La ley establece que no puede darse a conocimiento público su identidad.

“Desahogo sexual doloso”

En palabras simples, el abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase “desahogo sexual doloso”, resume lo que escribimos en varios renglones al comienzo de este párrafo, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo. En las audiencias orales y públicas, la Fiscalía en particular y los operadores del sistema penal en general, procuran en sus planteos y resoluciones, aclarar los términos legales para que se comprendan por quienes no son abogados.

HIJOS DEL DINERO Y DEL PODER

Este miércoles por la mañana, se conoció que el fiscal Fernando Rivarola avanzó en el cierre de la causa por la violación en grupo denunciada en Chubut por una joven el año pasado. Tres de los seis jóvenes acusados acordaron un juicio abreviado mediante sus defensas, lo que implica una aceptación de culpa y una pena más leve. La víctima aceptó el acuerdo, algo requerido por ley. Fuentes judiciales en Chubut aseguraron a Infobae que la víctima “no desea afrontar un juicio”.

La calificación al comienzo del caso fue de abuso con acceso carnal, lo que haría imposible un juicio abreviado. La calificación cambió a abuso simple. Siete años después, no hubo pruebas suficientes para sustentar una acusación de violación. El juicio abreviado, por otra parte, garantiza una condena. Dos de los acusados fueron sobreseídos al ser menores de edad al momento del ataque, también con escasas pruebas en su contra, a pesar de más de 60 testimonios en la causa.

Al inicio del caso, la víctima visibilizó su relato:

Fue el 17 de septiembre de 2012, tenía 16 años y fue en Playa Unión”, comenzó el texto que la víctima publicó en redes sociales, motorizado por la agrupación feminista local Las Magdalenas.

En mayúscula la carta concluye: “NO TENGO MIEDO, NO ME CALLO MÁS”. Los acusados estaban con nombre y apellido.

La acusación se volvió viral. El hashtag “#lamanadadeChubut” se propagó. El fiscal general de Rawson Fernando Rivarola inició la investigación de oficio e instó a la joven a que realizara la denuncia que luego fue investigada por la fiscal María Florencia Gómez.

Así, solicitaron la apertura formal de la investigación luego de recabar pruebas durante seis meses. En ese proceso, recogieron las declaraciones de más de 60 testigos que avalaron la declaración de la joven. En la audiencia de imputación del caso, un colectivo feminista junto a familiares, amigos y organizaciones sociales autoconvocadas se presentó frente a la fiscalía: desplegaron pancartas con consignas como “el silencio es complicidad”, “la manada es el sistema”, “ya no nos callamos más” y “tu apellido no te salva”.

En sus casas, los acusados recibieron carteles de repudio.

La denuncia original del caso, motorizada en redes sociales.
La denuncia original del caso, motorizada en redes sociales.

La joven contó en su publicación que tuvo un intento de suicidio cuando volvió a Puerto Madryn de sus vacaciones, que desde el entorno de los acusados quisieron supuestamente convencerla para que no denunciara el hecho y que a causa del hostigamiento tuvo que mudarse a otra ciudad, «como si hubiera sido responsable de la situación».

“Desde ese momento que estoy con tratamiento psicológico y psiquiátrico, y gracias a todo este tiempo de intentar sanar es que hoy me siento lo suficientemente fuerte para poder contar mi historia. Que se sepa qué tipo de personas son, que durante todos estos años siguieron sus vidas impunemente, mientras yo no tengo estabilidad emocional y por ello sigo tratada”, cerró.

El hecho fue calificado como “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.

Hoy, con otra calificación, tres de los acusados enfrentarán el juicio abreviado si el magistrado del expediente homologa el acuerdo.

Repudio a uno de los acusados, menor de edad en el momento del ataque.
Repudio a uno de los acusados, menor de edad en el momento del ataque.

Los acusados que llegaron al juicio abreviado, uno por uno

Luciano Mallemaci: uno de los cuatro hombres que la presunta víctima señala como uno de los abusadores. Mallemaci tiene 25 años y es hijo del dueño de una inmobiliaria reconocida en Puerto Madryn. De acuerdo a sus registros, su último empleo en blanco fue en una empresa cordobesa que se dedica a elaborar piezas de hormigón.

Luciano Mallemaci
Luciano Mallemaci

Marcelo Ezequiel Quintana: con domicilio fiscal en Caleta Olivia, Santa Cruz, es otro de los apuntados por la joven de haber abusado de ella. Al momento del hecho era mayor de edad y actualmente tiene 29 años. Está registrado en los rubros de servicios jurídicos de la AFIP. Integra junto a miembros de su familia la firma Andequin S.A., una sociedad dedicada a la construcción. Residía al momento de la denuncia en la ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Ezequiel Quintana junto a Leandro del Villar. Ambos tienen 29 años y eran mayores cuando habrían participado de la violación.
Marcelo Ezequiel Quintana junto a Leandro del Villar. Ambos tienen 29 años y eran mayores cuando habrían participado de la violación.

Leandro del Villar: nacido en Puerto Madryn, tiene 28 años y era mayor de edad cuando, según lo denunciado, abusó de la presunta víctima. Según medios locales, jugó al squash y es corredor de karting aficionado. Su principal actividad comercial es el transporte de pasajeros, en la que figura registrado como empleador según la AFIP.

T.S, uno de los acusados sobreseídos al ser menores al momento del hecho, nacido y crecido en Gaiman, provincia de Chubut, residía en Miami donde manejaba la compañía Patagonian Sea. Fue inhabilitado a salir del país. La joven lo acusó de haber sostenido la puerta para que nadie ingresara al cuarto donde cuatro hombres abusaban de ella. Es hijo de un poderoso empresario de la pesca. Cerca de T.S dicen que las pruebas en su contra eran sumamente endebles.

El sexto acusado no quedó imputado. Habría colaborado con la Justicia desde un rol de arrepentido. Su papel en la presunta violación habría sido de coparticipación sin intervención: de testigo del hecho. La víctima dijo que él confesó que la drogaron para someterla. Su hermano fue electo como intendente de Gastre, una comuna rural del norte de Chubut.

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