https://riojalibre.com.ar/wp-content/uploads/2019/08/10-AOSD-GASDG.jpg isn't a valid image

  FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/img-resizer.php
  LINE: 553

    FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/header.php
    LINE: 45

      FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template.php
      LINE: 723

        FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template.php
        LINE: 672

          FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/template-loader.php
          LINE: 106

            FILE: /home/riojalib/public_html/wp-includes/general-template.php
            LINE: 41

              FILE: /home/riojalib/public_html/wp-content/themes/riojalibre2020/single.php
              LINE: 10

                FILE: /home/riojalib/public_html/wp-blog-header.php
                LINE: 19

                  FILE: /home/riojalib/public_html/index.php
                  LINE: 17
Aparecen:

Están prohibidas las propagandas políticas

Este viernes 9 de agosto, a las 8, comenzará en todo el país la veda electoral y el Juzgado Federal con competencia electoral, por medio de la Secretaría Electoral-distrito La Rioja, recuerda la vigencia de la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo, la difusión de propaganda política, para las PASO del domingo.

Read Time:1 Minute, 34 Second

Asimismo 48 horas antes del inicio de los comicios, se encuentra vigente la prohibición de publicación y difusión de encuestas, sondeos preelectorales y proyecciones sobre el resultado electoral (bocas de urna) hasta tres (03) horas posteriores al cierre del comicio (art. 31 Ley 26.571, art. 71 inc. f del CEN).

Realizar y/o admitir reuniones de electores durante las horas de la elección dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora de votos.

Los espectáculos populares (al aire libre o en recintos cerrados), fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio; Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos.

A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada; La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.

La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

Conforme la normativa del Código Electoral Nacional, art. 71, las casas exclusivamente destinadas al expendio de bebidas alcohólicas (vinerías, whisquerías, etc.) deben permanecer cerradas durante el lapso comprendido entre las 00:00 del 11 de agosto hasta las 21:00 horas.

De igual modo, las casas de juegos de azar deben permanecer cerradas durante el lapso comprendido entre las 00:00 del día 11 de agosto hasta las 21:00 horas, art. 135 del Código Electoral Nacional.

0 0
Happy
Happy
0 %
Sad
Sad
0 %
Excited
Excited
0 %
Sleppy
Sleppy
0 %
Angry
Angry
0 %
Surprise
Surprise
0 %

Average Rating

5 Star
0%
4 Star
0%
3 Star
0%
2 Star
0%
1 Star
0%

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Next Post

El Jefe Comunal traspasa los límites de su Deparamento

Algunos dirán que es porque 'tiene asegurado el triunfo en su Departamento y eso le da la posibilidad de 'colaborar' en Capital', otros que es parte de una estrategia del PJ para comenzar a mostrar su figura a nivel Provincial pensando en la fórmula para Octubre; lo cierto es que a Cristian Pérez se lo vio comprometido con la campaña del Frente de Todos en Capital.