El juez riojano hizo lugar a una demanda indemnizatoria y anuló la aplicación del artículo 55 de la nueva Ley

Julio Laboranti

En una sentencia de alto impacto institucional, el magistrado riojano resolvió a favor de un trabajador de logística que inició acciones legales contra dos empresas y un directivo por un despido considerado ilegítimo. El juez Marcos determinó que el artículo 55 de la mencionada ley introduce limitaciones irrazonables en la actualización de créditos laborales, vulnerando el derecho de propiedad y el principio protectorio del trabajo. Al respecto, el fallo advierte que la norma genera un trato desigual que termina por “penalizar el ejercicio del derecho constitucional de acceso a la justicia” de quienes recurren a los tribunales.