La Municipalidad de La Rioja a través de la dirección de Obras Privadas informa a todo propietario de inmueble, baldío y/o edificio con frente en la vía pública está obligado a construir y conservar la vereda como así también de construir la cerca perimetral correspondiente, dicha medida responde al Código de Edificación Vigente y la ordenanza Nº 1748/89.
Desde la dirección se comunica que también se llevarán a cabo las inspecciones diarias informando que toda vereda que no se encuentre en condiciones de transitabilidad se labrará la multa correspondiente al frentista otorgando un plazo de 48 horas a fin de realizar las reparaciones que demande la misma, caso contrario será ejecutada por parte del Municipio con los gastos que erosione a cargo del infractor.
Se informa que entre los requisitos que se requieren para otorgar el correspondiente permiso de rotura de vereda y de calzada, la propiedad donde se efectuará el servicio, para ello deberá tener la correspondiente documentación registrada, caso contrario no podrá otorgársele el permiso de rotura.