Fallo:
La Rioja, Diciembre de 2013.- El 16 de Octubre del presente año, el Juzgado de Instrucción Nº 2 a cargo del Dr. Héctor D. Barría, dictó auto de sobreseimiento definitivo a favor de Oscar N. Luna como supuesto autor del delito de Lesiones Leves, en base a la orfandad probatoria existente en la causa, la cual no se revirtió a lo largo de la duración del proceso; demostrando la inexistencia del hecho que se le ha imputaba.
El Cr. Oscar N. Luna, actual Secretario de Gobierno y Asuntos Institucionales del Municipio de la Ciudad Capital de La Rioja, fue sobreseído definitivamente por la Causa de Lesiones Levisimas.-
La Rioja, Diciembre de 2013.- El 16 de Octubre del presente año, el Juzgado de Instrucción Nº 2 a cargo del Dr. Héctor D. Barría, dictó auto de sobreseimiento definitivo a favor de Oscar N. Luna como supuesto autor del delito de Lesiones Leves, en base a la orfandad probatoria existente en la causa, la cual no se revirtió a lo largo de la duración del proceso; demostrando la inexistencia del hecho que se le ha imputaba.
El actual Secretario de Gobierno y Asuntos Institucionales del Municipio de la Ciudad Capital de La Rioja fue acusado por la Sra. Esther del Rosario (alias “Karina”) Romero, en Febrero del Año 2010, atribuyéndole lesiones levísimas tomando el acontecimiento amplia repercusión y polémica pública.
Los abogados defensores del Cr. Luna, en oportunidad de apelar el procesamiento de su asistido, manifiestan su agravio ante la existencia de lo que ellos consideraban una ESTAFA PROCESAL, derivada de las contradicciones entre lo denunciado y la prueba aportada por la denunciante, testimonios encontrados y la absoluta inexistencia de prueba que acredite la autoría de su asistido, revelaron una maniobra utilizada por la demandante para perjudicar políticamente a Luna. Es necesario recordar que en ese momento Luna fue electo concejal del Departamento Capital perteneciendo al espacio político del Intendente Capitalino, mientras que Romero militaba en el sector del Gobernador, ambos líderes enfrentados entre si.
Conforme surge de los considerando tenidos en cuenta para dictar dicho auto de sobreseimiento, la única prueba testimonial ofrecida y producida el día del supuesto hecho… “solo crea un manto mas de sospecha sobre la mendacidad -MENTIRA- de la denuncia realizada por la Sra. Romero”…; y, el estado de inocencia del Cr. Oscar N. Luna, nunca pudo ser desvirtuado, atento a que, tanto la denunciante como los órganos judiciales actuantes, no pudieron presentar elementos probatorios relevantes que induzcan a presumir la existencia del supuesto hecho aludido en la causa, generándose una situación de “orfandad probatoria”. Dicha situación no se modificó con el transcurso del tiempo, razón por la cual la justicia se expidió al respecto, sobreseyendo, consecuentemente, en forma definitiva al Sr. Oscar N. Luna, garantizando de esa manera su inocencia.
El Cr. Oscar N. Luna, desempeñó varios cargos en el ámbito del Municipio de la Ciudad Capital de La Rioja, y en el Tribunal de Cuentas Municipal, fue elegido concejal, función que cumplió en el periodo 2.010-2012, y actualmente es Secretario de Gobierno y Asuntos Institucionales del Municipio del Departamento Capital.