Las personas con discapacidad pueden realizar paseos breves, de hasta una hora, en un recorrido no superior a los 500 metros de su lugar de residencia, acompañados por un familiar o conviviente, respetando la normativa vigente para tal fin. Es decir, de acuerdo al cronograma establecido de días por terminación de DNI, respetando la distancia y usando barbijo o elemento que cubra la nariz y la boca.
Durante las salidas, el familiar o acompañante debe llevar DNI, CUD (Certificado Único de Discapacidad) y la certificación (en formato digital o versión papel) emitida por el médico o profesional especialista que indique los motivos de la inevitable necesidad de circulación de la persona con fines terapéuticos. Se recomienda que las personas con discapacidad que estén inmunodeprimidas permanezcan en sus hogares.
En ese sentido, la presidenta del Consejo Provincial para Personas con Discapacidad, Soledad Córdoba solicitó a la población utilizar las salidas cuando realmente no haya otro modo de contribuir a la regulación de la conducta de la persona, es decir que se haga exclusivamente con fines terapéuticos y no recreativos.
Cabe recordar que las salidas no son obligatorias. En el caso de aquellas personas que no puedan salir, se sugiere continuar con los tratamientos de manera virtual, en donde las familias deben solicitar que los equipos tratantes, puedan realizar las mismas con la modalidad de tele consulta o video llamada.
El Consejo pone a disposición líneas telefónicas y de WhatsApp para atención al público, los lunes, miércoles y viernes, de 9 a 12: 3804 562435 – 3804 877732 – 3804 880810