Redacción de RiojaLibre
La vicegobernadora en diálogo con Radio Independiente 99.1 explicó que el “Gobernador promulga la Ley Paridad de género con excepción del artículo que dispone la sustitución en caso de vacancia”. La Ley de Paridad que se aprobó establecía que la suplencia debía ser si o sí respetando el género: si renuncia un hombre debe asumir un hombre, y si renuncia una mujer debe asumir una mujer.
Al haber amplia mayoría de hombres en la conformación actual de la Cámara, este método de suplencia perjudicaba notoriamente a la mujer. Dos ejemplos concretos para entender por qué este veto parcial beneficia a la mujer:
- Hace unos meses renunció Claudio Saúl para asumir en el TSJ. Lo reemplazó quien lo seguía en la Lista, Cristina Saúl. Si hubiese regido la suplencia aprobada en la Ley de Paridad, lo debería haber reemplazado el ‘hombre’ que lo seguía en la Lista. Este escenario podría darse en varias listas, sobre todo el interior donde suele entrar solo quien encabeza la lista’: si encabezaba un hombre, ese género tenía asegurada la banca por cuatro años, haciendo inútil la intercalación entre hombre y mujer.
- En 2017 en Capital por la lista de Cambiemos entraron dos hombres: Gustavo Galván y Alfredo Brígido. Si alguno de ellos renuncia, con la nueva Ley tendría que reemplazarlo otro hombre, pero con el veto que se aprobó ayer, lo reemplazaría quien sigue en la lista, que es Marta De Leon.
Florencia López señaló al respecto que “en mi forma de ver yo siempre había planteado que el régimen de sustitución tenía que ser ese el que existe actualmente de que producida la vacancia que siga el suplente”.
La vicegobernadora aclaró que “más que nada cuando comience a operar la ley de paridad de género donde las mujeres van a ir intercalada, con el sistema anterior que era el que había salido la ley sancionada, siempre era hombre por hombre, mujer por mujer, entonces como tenemos una cámara que la mayoría son hombres producida alguna vacancia iba asumir no la que asumía después del varón, sino otro hombre y ahí el género iba a quedar en el hecho concreto bastante perjudicada las mujeres”.
En tanto, López señaló que “ese artículo fue el que quedó vetado y a partir de ahora seguimos aplicando la ley electoral en lo que se refiere a la vacancia que era ese punto vetado”
Para finalizar ejemplificó que “si un diputado muere, renuncia por incapacidad o inhabilidad la ley que se había sancionado decía que si ese diputado era varón tenía que asumir otro varón en ese lugar, con ese veto continua el sistema electoral actual producida una vacancia continua el orden sucesorio y no hombre por hombre y mujer por mujer”.
“Si un diputado muere, renuncia por incapacidad o inhabilidad, la ley de Paridad de Género, que se había sancionado decía que si ese diputado era varón tenía que asumir otro varón en ese lugar, con el veto continúa el sistema electoral actual producida una vacancia sigue el orden sucesorio y no hombre por hombre y mujer por mujer”.