El Tribunal Superior de Justicia hizo lugar este miércoles, a la medida cautelar presentada por un grupo de vecinos en contra de la empresa de estacionamiento medido “Estacionalo S.R.L”. La decisión suspende el cobro del servicio y suspende el contrato de concesión con la empresa prestataria.
El Máximo Tribunal provincial resolvió, “declarar formalmente admisible la Acción de Amparo Colectiva y hizo lugar a la Medida Cautelar de No Innovar mediante la cual se ordena la suspensión del cobro del estacionamiento medido por parte de la empresa concesionaria Estacionalo S.R.L”.
Asimismo la notificación ordena “la suspensión de los efectos del acto administrativo de concesión del servicio público de estacionamiento medido, hasta que recaiga sentencia de fondo”.
Como se recordará, tras la puesta en funcionamiento del servicio un grupo de vecinos presentó un amparo judicial por considerar que la concesión del servicio no respetó todos los pasos legales requeridos. En particular, desde el bloque de concejales peronistas se reclamaba que el contrato de concesión no pasó por el Concejo Deliberante, un paso necesario -sostenían los ediles- para que el servicio tenga plena validez.
Los argumentos esgrimidos por los vecinos en su recurso de amparo es que el servicio de estacionamiento medido fue concedido mediante un decreto de la intendenta Inés Brizuela y Doria y que ese proceso estuvo mal realizado porque hubo pasos que se saltearon. Por eso, consideran que el contrato de concesión es ilegal e ilegitimo.