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Galván adelantó que la Justicia ordenó refacturar

“La empresa desconoce que haya otro amparo. Sí fuimos notificados de un amparo en su momento, al cual hemos comparecido», dijo Carlos Fernandez presidente del directorio. Horas antes, el abogado defensor de los usuarios -Guillermo Galván- había adelantado que la Justicia ordenó a EDELaR refacturar las boletas con el Tarifazo. Convoca a los usuarios a manifestarse frente a EDELaR el martes a las 10 de la mañana. 

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El presidente del Directorio de Edelar, ingeniero Carlos Fernández, adelantó que está a la espera de la resolución de la justicia en la cuestión de fondo del amparo presentado por seis usuarios, sobre el cual la empresa ya respondió con los fundamentos del caso.

Estimó que seguramente se resolverá a favor de la gente disponiendo que se aplique el nuevo cuadro tarifario porque es menor a la tarifa vigente a enero, en virtud del subsidio dispuesto por la Provincia. En otro orden, ante una consulta, desconoció que haya otro amparo tal como trascendió públicamente.

“La empresa desconoce que haya otro amparo. Sí fuimos notificados de un amparo en su momento, al cual hemos comparecido, lo hemos contestado y hemos demostrado que lejos de cobrar una mayor tarifa, cobramos una tarifa menor con respecto al período inmediato anterior, que es la vigente en enero”.

Indicó que esto es así porque el Gobierno ha tomado la decisión de otorgar subsidios para morigerar el impacto de los aumentos tarifarios de la Nación que dispuso el Ministerio de Energía y el ENRE y que si se aplicaran directamente tendrían una mayor incidencia en el usuario.

Explicó que al aplicarle los subsidios decididos por la Provincia, ese impacto se minimiza y eso es fácilmente comprobable al confrontar la boleta del mes de enero con la boleta de ahora que ya tiene el subsidio provincial.

Consideró Fernández que la resolución de este amparo tiene que ser -y seguramente va a ser- a favor de la gente diciendo «No, se aplica el nuevo cuadro tarifario porque es menor».

Respetuoso de la justicia

Fernández indicó luego: “queremos ser claros con la ciudadanía, Edelar va a ser respetuoso de lo que la justicia dictamine respecto del amparo que fuimos notificados, que fuera presentado la semana pasada y sobre el cual los equipos técnicos y asesores legales de la empresa han estado trabajando para poder responder y llevar el estado de situación a la Justicia”.

Informó el presidente de la empresa que “ya se realizó la presentación judicial y estamos a la espera de que en un término perentorio la justicia se expida; y una vez resuelta la cuestión de fondo Edelar va a aplicar la tarifa que decida la justicia”.

Aclaró Fernández que la empresa está trabajando y facturando con el cuadro tarifario vigente que es el correspondiente al período enero, febrero y marzo.

Respecto del planteo efectuado por los seis ciudadanos, explicó que “obviamente somos respetuosos de la justicia, pero si el fallo es favorable a estos seis usuarios, se va a ver perjudicado el resto de la ciudadanía local”.

En definitiva, amplió, con el aporte que ha hecho la provincia de 30 millones de pesos a la tarifa a partir de marzo, si nosotros comparamos las facturas de estas seis personas del mes de enero con las del mes de marzo (que es lo que hemos contestado en la Justicia), al tener el subsidio de la provincia en marzo, la factura que le llega a la gente es sustancialmente menor. Si se falla a favor de los seis usuarios nosotros deberemos hacer la refacturación con la tarifa vigente en enero. Eso se traduce en un perjuicio para la gente, en función de las simulaciones y estimaciones realizadas, creemos que la tarifa va a estar aproximadamente -dependiendo de casa caso- entre un 15 y un 20% de mayor costo”.

La justicia le ordena a EDELaR no cobrar el último incremento en la tarifa de energía
En el fallo se aclara que no se podrá cobrar el nuevo cuadro tarifario. Y que si el cliente abonó, el excedente deberá descontarse en la próxima facturación. Esta medida abarca a todos los usuarios.

Parte del fallo firmado por la jueza Paola María Petrillo de Torcivía:

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“Por ello, corresponde ordenar a EDELaR SA que suspenda la aplicación del incremento y que, a partir de la notificación de la presente resolución, se abstenga de aplicar la nueva tarifa del servicio público de distribución de energía eléctrica, efectuando una nueva liquidación y emisión de facturas o, en su caso, si esa nueva facturación no fuera emitida, permitiendo el pago del servicio se realice de acuerdo al cuadro tarifario vigente, antes que se produjera el incremento del precio, y sin que ello altere, perjudique, modifique o interrumpa la normal prestación del servicio.

Para el supuesto que los usuarios hubieran realizado el pago de las facturas, donde el cálculo fue realizado con las nuevas tarifas, la empresa deberá tomar el excedente como pago a cuenta de la facturación siguiente, debiendo comunicarlo en forma expresa a los usuarios.

Finalmente, al advertir que, mediante la interposición de la presente acción de amparo, los usuarios presentes procuran y aluden a la protección de derechos individuales homogéneos-porque hay un hecho común, identificado con el incremento sufrido en la tarifa del servicio eléctrico; que habría causado una lesión a una pluralidad de usuarios residenciales; la pretensión está concentrada en los efectos comunes que pueden derivar de la sentencia, para toda clase de sujetos afectados; y, a su vez el interés individual, considerado aisladamente, no justifica la promoción de una demanda por cada uno de los usuarios afectados- corresponde hacer extensivos los efectos de la medida a todos los usuarios residenciales que hayan sido alcanzados por el incremento sufrido en las tarifas del servicio de energía eléctrica.”

“La vigencia de esta medida se mantendrá mientras tramita el proceso y hasta tanto se dicte sentencia definitiva. Tratándose de una acción de amparo, donde está en juego la defensa y resguardo de derechos constitucionales, no es necesario fijar una contra cautela”.

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