La Cámara de Diputados de la provincia, aprobó hoy la Ley de Coparticipación y el Presupuesto Provincial 2016. Esta mañana, en una entrega de viviendas, el Intendente Ricardo Quintela había manifestado: “Estoy orgulloso de haber pertenecido a este Municipio, de haber levantado la bandera de la Coparticipación”.
El Intendente Capitalino destacó la Ley de Coparticipación Municipal que hoy se aprobó en la Legislatura: “es un Orgullo haber encabezado este Municipio, pasamos momentos muy difíciles, pero siempre dimos respuestas; ahora ver como una lucha que nos ha costado años, da su frutos es un placer enorme”, dijo el máximo exponente de la lucha por la Coparticipación.
El Intendente fue acompañado por la Secretaria de Comunicación Pública Gabriela Pedrali, quien aportó: “no importa quien haya levantado la mano hoy, la lucha la comenzó Ricardo Quintela hace mucho tiempo, por eso celebramos esta decisión y estamos orgullosos de que se apruebe una Ley por la que tanto ha luchado nuestro líder y conductor”. “La Ley de Coparticipación vendrá a dar autonomía al Municipio y de esta forma podrá otorgar más beneficios a los vecinos”, finalizó Pedrali.
La Ley que se aprobó hoy deja atrás los acuerdos financieros con cada municipio. La norma establece que estaría vigente a partir del 1 de enero de 2016 el Régimen de Coparticipación de Impuestos entre la Provincia de La Rioja y sus municipalidades. El fondo a coparticipar estará integrado por los fondos de las siguientes fuentes:
De origen provincial: Impuestos sobre los Ingresos Brutos y el Impuestos a los Automotores y Acoplados
De origen nacional: La Coparticipación Federal de Impuestos
Sobre los fondos de origen provincial se repartirá, en partes iguales, entre la provincia y el conjunto de municipios y de origen nacional, el 85 por ciento para la provincia y el 15 por ciento para el conjunto de los municipios
Previo a la distribución de la masa de recursos coparticipables, integrada conforme a lo establecido, dice uno de los artículos, se sacará un 20 por ciento para la constitución del Fondo de Emergencias y Desarrollo.
Respecto dela distribución secundaria, la sumatoria de recursos surgidos de los porcentuales de participación para el conjunto de municipios, se distribuirá entre estos aplicando la sumatoria del índice de distribución que se conforma ponderando los siguientes indicadores:
- El 50 por ciento en proporción directa a la cantidad de habitantes de cada municipio
- El 12 por ciento en proporción directa de las NBI (Necesidades Básica Insatisfechas)
- El 13 en proporción directa con la desempleo de cada municipio
- El 10 por ciento en proporción directa a las distancias que median entre cada cabecera departamental y la ciudad de La Rioja
- El 10 por ciento en proporción directa a la dispersión proporcional relativa de cada municipio
- El 5 por ciento en partes iguales
Cada municipio no podrá, en ningún caso, recibir recursos inferiores al monto que surja de aplicar los fondos, en términos per cápita, receptados en igual mes del ejercicio inmediato anterior, el índice que anualmente fije la Función Ejecutiva con vigencia a partir del inicio de cada año presupuestario.
La Función Ejecutiva fija la política en materia salarial para todo el territorio provincial y garantiza a los municipios los recursos financieras para la atención del pago de sueldos incluidos los aumentos salariales otorgados y lo que se otorguen conforme a las plantas de personal permanente y transitorio declarada a los efectos previsionales.
Los valores referenciales de agentes establecidos podrán incrementarse atendiendo estrictas razones de servicios debidamente justificadas y previa autorización de la Función Ejecutiva. Los municipios están obligados a aplicar la política salarial del Gobierno y a observar las pautas, prohibiciones y excepciones que se establezcan. Es decir, que los municipios no pueden avanza en la política salarial.