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Mercado Luna le contestó a Galván

Pese a que el abogado defensor de José Luis Bellia -Gustavo Galván- había asegurado que no había pruebas contra su defendido porque estaba contaba con la autorización para manejar fondos, el fiscal del Estado -Gustavo Mercado Luna- afirmó que «Bellia buscaba sacar réditos personales de este tipo de operaciones financieras».

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El Fiscal de Estado de la provincia, Gastón Mercado Luna, sostuvo tras las recientes declaraciones de la defensa de José Luis Bellia, en el marco de la investigación que se le sigue por un faltante de más de 4 millones de pesos cuando dirigía la empresa estatal Agro Andina, que el director de una empresa no puede hacer con el dinero de la firma lo que quiera. Debe usarlo en las actividades específicas para cumplir con el objeto social de la empresa y con las normas vigentes, y no en aquellas que no hacen a tal fin y que además importan un desmanejo de recursos.

Cabe recordar que, entre otros aspectos, la denuncia señala que teniendo la sociedad importantes descubiertos bancarios y deudas fiscales impagas, se realizaban colocaciones en una mutual a pesar de que la sociedad por lo indicado anteriormente debía afrontar intereses a tasas sensiblemente mayores a las supuestamente obtenidas en las colocaciones financieras, lo que fue altamente perjudicial para la sociedad. Asimismo, las actas de directorio que representa el instrumento donde debían reflejarse las decisiones del órgano de administración se encontraban en blanco, al tiempo que los estados contables aprobados por el directorio no exteriorizaban adecuadamente dichas colocaciones de fondos improcedentes lo que significa que se buscaba ocultar dicha información dentro de los mismos. Esta situación fue denunciada y es la justicia quien debe pronunciarse al respecto. La pericia contable a producir arrojará certidumbre al respecto.

La decisión de un director de colocar dinero en banco o en un organismo autorizado está dentro de sus facultades, pero dentro del marco de gestión responsable y en el marco del cumplimiento de las normas. Un director no cumple adecuadamente con sus funciones gerenciales cuando decide colocar fondos en una financiera, con el supuesto argumento de generar una renta, cuando por otro lado la sociedad mantiene descubiertos bancarios o deudas fiscales vencidas con tasas de interés muy onerosas y posibles sanciones. En consecuencia su responsabilidad no puede diluirse y de allí la denuncia, donde este aspecto es solo uno de varias otras irregularidades detectadas”, precisó Mercado Luna.

Se debe recordar que la defensa del demandado, sostiene erróneamente que Bellia: 1) es dueño de una acción de Agro Andina o sea propietario de la sociedad y 2) que ejercía como único miembro del directorio y que el estatuto social lo facultaría a realizar dichos movimientos. Sin embargo, en ese punto, Mercado Luna remarcó que “es un disparate sostener que el estatuto de una SA faculta a un director a hacer lo que quiera. La figura del director difiere de la figura del dueño. Por ello la responsabilidad del director (Bellia) en las decisiones societarias adoptadas es indelegable. Existe una denuncia penal, un juzgado que está actuando, una pericia que arrojará la verdad sobre los hechos irregulares expuestos en la misma, y finalmente sabremos la envergadura del daño y la responsabilidad que le asiste al denunciado. Ni los medios ni el ciudadano común están en condiciones de conocer el desenlace hasta tanto no se pronuncie la justicia, ámbito donde el abogado debería canalizar sus esfuerzos en lugar de confundir a la opinión pública.

Por otra parte señaló que la pericia develará la realidad de los hechos. “Estamos en presencia de un juicio de naturaleza penal con amplio margen de pruebas para que el denunciado demuestre su inocencia. Debería estar más preocupado en que los comprobantes de su gestión corroboren su diligente obrar que en conseguir testigos. Esto no es una telenovela”.

Además puntualizó, respecto a los dichos de la defensa de Bellia, que para un abogado, que asiste a una afectado por denuncia penal, “debería saber que no le asiste la posibilidad de invertir la carga de la prueba. Es precisamente el denunciado quien debe demostrar que las irregularidades denunciadas no se cometieron en realidad. Para ello la pericia le ayudará a saber cómo está parado en realidad”.

“De poco le sirven los testigos si existen salidas de fondos sin comprobantes, si los libros contables están en blanco o no reflejan la realidad. La pericia y los libros de la sociedad demuestran exactamente lo contrario. No se me ocurre que los testigos van a llenar los registros que están en blanco o bien contabilizar adecuadamente las operaciones o conseguir los comprobantes “ausentes”, manifestó.

A lo que relató a continuación que “una de las acusaciones que le hacen a Bellia, justamente recae en que llevaba una administración sin pautas de control, improlija, precaria y deficiente; y nosotros lo que pretendemos es dejar acreditado cuál era toda la operatoria que tenía todo el movimiento administrativo y comercial que tenía Agro Andina en la gestión del ingeniero Bellia”.

La pericia contable se encargará de demostrar los extremos expuestos en la denuncia, concluyó

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