El Gobierno nacional habilitó este miércoles la comercialización de productos de medicamentos para atención animal en farmacias bajo la presentación de recetas extendidas por veterinarios matriculados.
A través del Decreto 185 y con la firma del presidente Alberto Fernández, el punto 1° sustituyó el inciso c) del artículo 25 correspondiente a la Reglamentación de la Ley N° 17.565 del 15 de noviembre de 1968.
«Vigilar que en la farmacia bajo su dirección solo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente», puntualiza el nuevo parámetro legal.
Sobre la aplicación en la provincia, el presidente de la Cámara de Farmacéuticos, informó: «A partir de Salud Pública, que es el ente regulador de las farmacias en La Rioja, tenemos que trabajar en la implementación de este decreto para que los veterinarios puedan hacer una receta y nosotros se lo podamos dispensar en nuestra farmacia. Estamos trabajando en ese proceso y pronto estará ya implementado».