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«Claramente acá no hay ninguna urgencia, ninguna imposibilidad de que esto se trate normalemnte como corresponde en el Poder Legislativo»

El asesor general del gobierno y convencional constituyente, Dr. Pedro Goyochea, mantuvo comunicación con #DespiertaProvincia para hablar sobre la preocupante situación del país luego del Decreto de Necesidad de Urgencia del presidente Javier Milei. Escuchá la nota.

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Redacción de RiojaLibre

“El bloque Unión por la Patria, del Convencional Contituyente han realizado una manifestación pública mostrando no solo la preocupación, sino el rechazo con respecto a la estructura del Decreto de Necesidad de Urgencia N° 70/2023 del presidente Milei, que configura un avasallamiento institucional de la división de los poderes a nivel nacional, atribuyéndose facultades el presidente que las tiene exclusivamente excluídas, de la posibilidad de su regulación”, indicó en un principio.

En este contexto, Goyochea explicó: “El hecho grave de este DNU es que proyecta derogación sistemática de más de 300 normas y una modificación de alrededor de 600 normas, en la que se ve afectado el sistema jurídico argentino en su integralidad”.

“Esto es un hecho grave donde una herramienta excepcional, como es un DNU, se convierte en un espacio regulador que afecta no solo el sistema jurídico, sino que pone en riesgo la institucionalidad de la división de poderes en el ámbito de la República Argentina”, remarcó en diálogo con Medios Provincia.

Las frases más importantes del DR. PEDRO GOYOCHEA – ASESOR GENERAL DEL GOBIERNO Y CONVENCIONAL CONSTITUYENTE en #DespiertaProvincia:

  • «El Bloque Unión por la Patria de Convencionales Constituyentes manifestamos una posición pública rechazando y repudiando el DNU del Presidente, por avasallar la división de poderes, atribuyéndose facultades que no le corresponden»
  • «Lo grave es que el DNU proyecta una derogación sistemática de más de 300 normas y modificación de otras 600 normas, que afectan el sistema jurídico de la Argentina, poniendo en riesgo la institucionalidad»
  • «Estamos frente a un instrumento que lo califico como salvajismo jurídico, el Presidente de la Nación no tiene facultades legislativas»
  • «La Constitución establece que es una facultad excepcional del Presidente recurrir a un Decreto de Necesidad y Urgencia, esto se puede permitir cuando situacionnes excepcionales imposibilitan el normal tratado de las leyes»
  • «Claramente acá no hay ninguna urgencia, ninguna imposibilidad de que esto se trate normalemnte como corresponde en el Poder Legislativo»
  • «El Decreto a los ocho dias de aparecer en el Boletín Oficial debe ser enviado al Congreso y debe ser aprobado por mayoría simple en ambas Cámaras para su vigencia»
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