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Artículo 51º de la nueva CP: ‘Derecho de acceso a la conectividad e internet’

En su Capítulo de Derechos y Garantías el texto consagra nuevos derechos de cuarta generación para todos los que habiten la provincia de La Rioja como es el Artículo 51°, asegurando la equidad en el acceso a la conectividad, a internet y a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

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El artículo 51º “Derecho de acceso a la conectividad e internet”, de la reformada Constitución Provincial, establece que: “Todo habitante tiene el derecho de acceder a servicios de conectividad e internet en sus diferentes modalidades. La accesibilidad debe ser equitativa, asequible y con una calidad adecuada, debiendo procurar a toda la población la educación en tecnología e innovación para garantizar el acceso y disfrute de otros derechos a través de este servicio”.
Con respecto al derecho incorporado el ministro de Transporte y Comunicaciones de la Provincia, Ismael Bordagaray, sostuvo que “en la actualidad nos vinculamos a través de Internet y de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) cuando trabajamos, estudiamos, nos organizamos, socializamos e incluso en nuestro tiempo libre. La relevancia y la injerencia de las TIC y de Internet en la vida ciudadana ha crecido gradualmente, y esto cambió la forma en que ejercemos tradicionalmente nuestros derechos, y muchos de ellos son, hoy, de ejercicio exclusivamente digital. Por esto, las desigualdades sociales se acentúan y es allí donde la presencia del Estado, como garante de los derechos, se vuelve indispensable”.
Resaltó además que el derecho a Internet y su acceso es importante, sobre todo, por su función instrumentadora, es decir, por ser una puerta de acceso a otros derechos.
Cabe destacar que, la necesidad de manejo de las TIC sufrió un salto abrupto a partir del 2020 con la irrupción del COVID-19. Al reemplazar la presencialidad por la virtualidad, hizo que las limitaciones derivadas de la pandemia tuvieran un impacto mucho mayor en quienes no tenían buen acceso a Internet, dispositivos tecnológicos o el conocimiento digital necesario para su manejo. Estas nuevas desigualdades digitales demandan de los Estados, como en los demás derechos humanos, un rol activo y una protección especial y reforzada para con ciertos grupos que sufren vulneraciones diferenciadas, históricas y estructurales de sus derechos.
«La decisión política del Gobernador Ricardo Quintela de reformar la Constitución es, sin lugar a dudas, un gran avance en materia de derechos. Con la incorporación del Artículo 51º se reconoce al acceso a servicios de conectividad e Internet como un derecho humano de carácter universal, lo que implica que el Estado deberá garantizar el acceso a la infraestructura, a los conocimientos digitales (Alfabetización digital) y a los servicios de las TIC de manera equitativa, formulando políticas públicas desde un enfoque de derechos humanos, que reconozcan la necesidad de la inclusión digital”, indicó Bordagaray.
Finalmente, el ministro resaltó el trabajo de los convencionales constituyentes que tuvieron a cargo la reforma de Constitución Provincial, pensada y adaptada a los nuevos desafíos, contemplando las necesidades de todos los riojanos.

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