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En cuanto a la venta de combustibles a las motocicletas, el asesor General de Gobierno, Miguel Zárate informó que “solamente podrán cargar combustibles las personas debidamente acreditadas que pertenezcan a salud, seguridad, dedicadas a la actividad de farmacia y los deliveries».
Por último, Zárate aclaró que “las actividades de farmacia y venta de combustible son las únicas para las cuales no rige la limitación horaria establecida hasta las 20 horas como para el resto de los comercios por lo que pueden atender sin restricción horaria”.
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