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Aparecen:

Si el Comercio reincide, multa de $40.000 y siete días de clausura

El gobierno provincial dispuso mediante decreto la prohibición de venta de bebidas alcohólicas en el ámbito de la provincia de La Rioja durante los sábados y domingos; y restringir su venta de lunes a viernes de 8 a 20 horas, debiéndose respetar durante su actividad los protocolos sanitarios y medidas de prevención ya establecidos en el marco de la emergencia sanitaria existente. La medida tendrá vigencia a partir del 24 de abril y hasta el 3 de mayo inclusive. Desde hoy a las 20hs y durante el fin de semana tampoco se podrá vender bebidas alcohólicas.

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Los comercios que incumplan con la presente medida serán sancionados con multa de veinte mil pesos ($ 20.000) y clausura de local comercial por 2 días contados desde la 00:00 hora del día siguiente al de la infracción. En caso de reincidencias el valor de la multa será incrementada en el doble respecto de la anterior, y se efectuará la clausura por el término de 7 días con el mismo sistema de cómputo indicado.
En los fundamentos del decreto, se expresa que en los últimos días se han registrado accidentes de tránsito, hechos de violencia doméstica, reuniones sociales que infringen la medida de aislamiento en domicilios particulares, con un denominador común en sus partícipes referido al consumo de alcohol, que en este marco de emergencia afectan especialmente al servicio de salud, de seguridad, y a la paz social.
En este sentido, se consideró conveniente establecer una medida de restricción a la actividad relacionada con la venta de bebidas alcohólicas para limitar su consumo en la población con el objeto de evitar los hechos señalados.

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