El gobierno nacional, mediante una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dispuso que si una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez fuera contratada laboralmente en relación de dependencia, seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no supere cuatro jubilaciones mínimas neto.
Según la resolución 34/2020 publicada en el Boletín Oficial, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio mediante notificación a la Agencia Nacional de Discapacidad al inicio de la relación laboral.
Si la remuneración supera el límite establecido, al informarlo la Andis procederá a la suspensión del beneficio, aunque también se estipula en la medida que será inmediatamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral.
El Cupo del 4 por ciento
En La Rioja y en el país, un cuatro por ciento de los puestos laborales vigentes en áreas del Estado deben ser ocupados por personas con discapacidad. La legislación actual lo establece, pero no siempre se respeta.
“Este ha sido uno de los puntos sobre los que estamos conversando con las áreas pertinentes del Municipio Capital y de la Provincia. Nos comentaron que no hay un relevamiento cierto, de si se cumple o no con la norma. Y expresamos nuestra voluntad de avanzar en ese relevamiento. Fijando con claridad que la ley debe cumplirse. Ese ha sido el compromiso que asumimos antes familiares y ONG. Sería un paso más a favor de la igualdad de derechos y contra la discriminación” remarcó Illanez al finalizar.