La medida con las modificaciones ya se encuentra vigente. De ese modo, la Secretaría de Energía modificó las disposiciones existentes eliminando los precios máximos de referencia y dejando establecido un precio de referencia.
Así la garrafa de 10 (diez) kilogramos tiene un precio de referencia en 8.500 pesos, la de 12 kilogramos a 10.200 pesos y la de 15 a 12.750 pesos.
Esta modificación significa que con ese precio de referencia las distribuidoras, fraccionadoras y comercios podrán superar esos valores al no existir más un precio máximo de referencia.
En los fundamentos, el Gobierno nacional entiende que, “la desregulación del mercado de precios de GLP, producirá una mayor eficiencia en lo económico y estimulará la inversión, produciendo de esta forma una mejora progresiva en cuanto a una amplia competencia logrando elevar al mercado de GLP local a estándares internacionales” y que “la presente medida tiene por objetivo dejar de obstruir el ejercicio de las libertades individuales en el ámbito contractual conforme los principios de libertad de mercado”.
De igual forma consignan que resulta necesario dejar de fijar precios máximos de referencia y “continuar estableciendo únicamente “Precios de Referencia”, sin un tope que obstaculice la cobertura de la real variación experimentada en los costos observados en los segmentos de fraccionamiento, distribución y comercio minorista”.