El primero en dar los alegatos fue el abogado Fernando Alcazar y dijo que Luis Contreras no tuvo «ninguna actitud sospechosa de arrepentimiento luego de cometer el hecho, pero en su declaración se mostró compungido».
Asimismo explicó que en cuanto a la declaración de Contreras dijo «quiero hacer ver que han existido múltiples contradicciones en la declaración del imputado». Además nos quiere hacer ver que Lorena no tiene nada que ver con el crimen».
Ante todo, el abogado dijo que «Danilo Heredia no pudo defenderse bajo ningún punto de vista, fue atacado con traición y astucia por parte de los imputados».
De esa manera «consideramos que corresponde la atribución en calidad de coparticipe y coautora para Lorena Espinoza, ella tuvo una presencia activa y concomitante al momento de cometer este aberrante crimen».
Al continuar explicó que «la premeditación que el crimen ha tenido y que expuse es incompatible con una emoción violenta del imputado, no lloró el mismo día que vio a su hermano, ni cuando mató a su sobrino, durante los días de búsqueda de la familia Heredia».
Pero vamos a pedir «la nulidad del acto pericial (psicológico) por vicios en cuanto a su contenido para que no sea valorado al momento de dictar sentencia».
La querella pidió un resarcimiento económico de 500 mil pesos por padre y 750 mil pesos al hijo por daño moral.
En segundo lugar, dio sus alegatos la Fiscalía representada por el doctor Julián de la Colina, quien consideró a Luis Contreras como autor material de un hecho de homicidio agravado con ensañamiento y alevosía por lo que pidió prisión perpetua.
En tanto que dejó en claro que sin la colaboración de Espinoza no se podría haber cometido el hecho, atribuyendole la conducta como participe primaria, solicitando de igual manera perpetua.