Ratificaron que “no se ajusta a la verdad ni a la realidad de los hechos, cuando se afirma que no están dadas las garantías para que la Consulta Popular se realice en un marco de legalidad y transparencia y que los actos públicos llevados a cabo por la Cámara de Diputados no hayan sido realizados en ejercicio de sus legítimas prerrogativas”. Además, expresa que el contenido de la Ley de Enmienda reafirma la eliminación de la posibilidad de reelección indefinida de la Función Ejecutiva Provincial y que establece un máximo de dos períodos consecutivos para tal caso.
El texto publicado en los principales diarios nacionales reza: “El Bloque Justicialista de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Rioja, estima oportuno responder a presentaciones efectuadas por el “PRO” La Rioja y la “U.C.R.” La Rioja, y diversas notas periodísticas, que no se ajustan a la realidad y verdad de los hechos, en relación a la sesión extraordinaria llevada a cabo en fecha 19 de diciembre de 2.018 con el objeto de tratar proyecto de enmienda de la constitución provincial, cuestión esta de exclusivo resorte y competencia de la Cámara de Diputados, en el ámbito del derecho público provincial.-
En tal sentido, ponemos a disposición de la ciudadanía y de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, todos los instrumentos públicos obrantes en la Función Legislativa Provincial, que acreditan la ausencia en el ámbito de la Legislatura Provincial del Señor Vicegobernador de la Provincia, los días 17, 18 y 19 de diciembre de 2018.-
En este período se tramitó en forma, la solicitud de la sesión extraordinaria de que se trata; se avocó la autoridad legislativa que conforme la Constitución Provincial y el reglamento interno de la Cámara de Diputados debe asumir la presidencia en ausencia del Vicegobernador, a efectos que en el plazo de veinticuatro horas se convoque a la sesión extraordinaria, la cual se llevó a cabo en el día y hora solicitados.-
En la sesión se decidió con la mayoría que exige la Constitución Provincial, la sanción de la Ley de Enmienda Constitucional y la Consulta Popular sobre la misma, con apego y respeto de las normas legales vigentes.-
Ponemos en conocimiento, que todas las decisiones tomadas por la autoridad convocante, han sido ratificadas expresamente por la Asamblea Parlamentaria a través de los bloques: “Justicialista”, “Cambiemos – Fuerza Cívica Riojana”, Unipersonal “Hipólito Irigoyen”, Unipersonal “Con la gente”. Lo que ha quedado instrumentado mediante decreto Nº85/133 p.l.-
En consecuencia, no se ajusta a la verdad ni a la realidad de los hechos, cuando se afirma que no están dadas las garantías para que la Consulta Popular se realice en un marco de legalidad y transparencia, que los actos públicos llevados a cabo por la Cámara de Diputados no hayan sido realizados en ejercicio de sus legítimas prerrogativas.-
Asimismo queremos dejar expuesto que el contenido de la Ley de Enmienda reafirma la eliminación de la posibilidad de reelección indefinida de la Función Ejecutiva Provincial y que establece un máximo de dos periodos consecutivos para tal caso.
Es nuestro deber, no solo hacer conocer los extremos expuestos, sino también ratificar la legalidad y la legitimidad con que la Cámara de Diputados ha actuado, como surge de todos los instrumentos públicos que avalan, acreditan y respaldan todas estas afirmaciones que efectuamos”.
La solicitada es firmada por todos los integrantes del Bloque de Diputados Justicialista:
ANDALOR, Eduardo Raúl
Chilecito
BAZAN, Juan Florencio Nicolás
Gral. Ángel Vicente Peñaloza
BRIZUELA, Sergio Daniel
Chamical
CASTRO, Carlos Renzo
Chamical
DEL MORAL, Marcelo Daniel
Castro Barros
DIAZ MORENO, Elio Armando
Capital
FONZALIDA, Nicolás Lázaro
Chilecito
GODOY, Antonio Roberto
Rosario Vera Peñaloza
HERRERA, Jorge Ricardo
Chilecito
HERRERA, Juan De Dios
Independencia
LEO, Ariel Alejandro
Arauco
LUNA, Pedro Roberto
Arauco
MADERA, Teresita Leonor
Capital
MUÑOZ, Egle Maricel
General Felipe Varela
NAVARRETE, Andrés Guillermo
Lamadrid
OLIMA, Adriana del Valle
Famatina
OVIEDO, Humberto Ariel
Vinchina
PÁEZ, Hugo Raúl
General Felipe Varela
QUINTELA, Ricardo Clemente
Capital
RODRIGUEZ, Ramona Dora
Chamical
ROMERO, Juan Ramón
Gral. Juan Facundo Quiroga
SALOMON, Jorge Hernán
Ortiz de Ocampo
SAÚL, Claudio Nicolás
Rosario Vera Peñaloza
SBIROLI, Federico
Sanagasta
SOTOMAYOR, Antonio Arsenio
San Blas de los Sauces
URBANO, Juan Tránsito
General Belgrano
VARGAS, César Uriel
Gral. San Martín